Tras las sentencias del Tribunal Supremo en contra de la Inspección de Trabajo por el control de horario, aunque no se hiciesen horas extras, parece que definitivamente ya tiene fin ese procedimiento y tal como os avanzamos, siguiendo los consejos de nuestros abogados, hay una rectificación en tal sentido y ya no es obligatorio el tener el control horario total de las horas, sino de las horas extraordinarias.
Solamente en el caso de contratos a tiempo parcial o que no sean de jornada completa es cuando hay que tener el control del horario de todo el personal.
 
Un trámite burocrático menos que hay que hacer y ahora que ya llega el verano, más tiempo para trabajar, que és lo que tenemos que hacer.
http://bit.ly/2sH8IcV
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